Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto la creación de la Escuela de Criminalística de la Guardia Civil y la determinación de su dependencia, funciones y estructura básica, así como sus relaciones de cooperación con otras instituciones y organismos.
Artículo 2. Dependencia y relaciones de cooperación de la Escuela de Criminalística.
1. La Escuela de Criminalística tiene dependencia orgánica y funcional del Servicio de Criminalística de la Jefatura de Policía Judicial de la Guardia Civil, sin perjuicio de la coordinación técnico-docente de la Escuela de Criminalística, que será ejercida por el Centro de Perfeccionamiento de la Guardia Civil bajo la dirección de la Jefatura de Enseñanza.
2. La Escuela de Criminalística, para poder acometer las funciones encomendadas, podrá mantener relaciones de cooperación, en el ámbito de la docencia e investigación criminalística, con otras instituciones y organismos, nacionales e internacionales, que se materializarán conforme a lo establecido en el artículo 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 3. Funciones.
Será competencia de la Escuela de Criminalística de la Guardia Civil realizar las siguientes funciones:
a) Diseñar los planes de estudios de especialización y los programas formativos de las actividades de enseñanza de perfeccionamiento que imparta.
b) Impartir los cursos necesarios para que su alumnado adquiera, tras su superación, las cualificaciones específicas de la especialidad de Criminalística en sus distintas modalidades.
c) Diseñar y ejecutar las pruebas de mantenimiento y recuperación de las cualificaciones específicas de la especialidad de Criminalística.
d) Realizar investigaciones, estudios, ensayos y pruebas de interés para la mejora de las técnicas, procedimientos y medios a utilizar en las unidades de Criminalística.
e) Cooperar con sus recursos humanos y materiales, cuando sea preciso, al cumplimiento de la misión asignada al Servicio de Criminalística y los Laboratorios de Criminalística.
f) Cuantas otras se deriven de la naturaleza de la Escuela.
Artículo 4. Estructura básica.
1. La Escuela de Criminalística contará con los siguientes órganos docentes para el cumplimiento de las misiones encomendadas: Dirección, Jefatura de Estudios y sus Departamentos dependientes, Secretaría de la Escuela, Junta de Profesores, Gabinete de Orientación Educativa y los órganos para la evaluación y control de la calidad y de investigación docente.
2. La organización y funciones de los órganos docentes de la Escuela de Criminalística tendrán como referencia las contempladas para los centros docentes de formación según establece la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes.
Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.
La aplicación de lo dispuesto en esta orden no implicará aumento de gasto público.
Disposición adicional segunda. Modificación de la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil.
La Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil, se modifica en el siguiente sentido:
Se añade el punto «g) Escuela de Criminalística» al apartado 4 del artículo 37, quedando redactado del siguiente modo:
«4. Este centro realizará la coordinación técnico-docente, bajo la dirección de la Jefatura de Enseñanza, de las escuelas o centros de la Guardia Civil, que impartan alguna o algunas de las enseñanzas de especialización siguientes:
a) Centro de adiestramientos especiales.
b) Centro de adiestramientos específicos de montaña.
c) Escuela de tráfico.
d) Centro de adiestramiento de perros.
e) Centro de adiestramiento y estandarización aéreo.
f) Centro de adiestramiento en desactivación de explosivos y defensa NRBQ.
g) Escuela de criminalística.»
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